Aborto en Chile: Universidad Católica reafirma derecho a objetar de conciencia dado por ley

La abogada representante de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) afirmó que la entidad “no está pidiendo ningún régimen de excepción, sino que se cumpla con la ley” respecto a su derecho de objeción de conciencia institucional frente al aborto.

El 9 de febrero, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección que presentó la PUC, respecto de una resolución administrativa del Ministerio de Salud que establece las condiciones para ser objetor de conciencia en casos de aborto.

En entrevista a ACI Prensa, la abogada representante de la universidad, Ángela Vivanco, señaló que estas condiciones “a nuestro juicio van más allá del marco legal que hoy existe en Chile”.

Vivanco explicó que el marco legal establece que “tanto las personas naturales como jurídicas pueden ser objetores de conciencia, y que la única excepción es que exista peligro inminente y se requiera intervención urgente respecto de la vida de la madre”.

Sin embargo, la resolución administrativa del Ministerio de Salud señala que “no pueden ser objetores de conciencia aquellas instituciones que tengan convenios de prestaciones médicas ginecológicas y obstétricas con el Estado”.

“Efectivamente la universidad tiene esos convenios de hace más de 15 años”, continuó la abogada, “y en consecuencia siente que han sido vulnerada de sus derechos, que por tener esos convenios se le impide ser objetora de conciencia”.

La resolución administrativa del Ministerio de Salud señala que para ser objetor de conciencia institucional hay que presentar una serie de antecedentes, que serán calificados por la autoridad. Sin embargo eso “no aparece en la ley” de aborto.

“En la ley aparece solo que hay que manifestar la objeción, no que la autoridad pueda calificar o entrar a cuestionar la objeción de conciencia que hacen las instituciones”, declaró la profesora de derecho constitucional.

Asociada al recurso de protección, la abogada de la PUC explicó que se presentó una solicitud de procedimiento, que “consiste en que uno pida que no se innove en la materia hasta que se resuelva el caso”.

“Esta solicitud en específico, la orden de no innovar, la Corte la rechazó (el lunes 12 de febrero) y nosotros presentamos una reposición, que significa que la Corte vuelva a ver el tema y eso todavía no se ha resuelto”, indicó.

Sin embargo, pese a que se resuelva favorablemente o no la orden de no innovar, Vivanco aclaró que “eso no incide en el fondo del recurso de amparo, el que no se ha resuelto todavía”.

La abogada de la PUC insistió en que “esta no es una postura repentina sino se sabe de siempre que la universidad es objetora en esta materia porque no está en condiciones de prestar abortos, porque no está en su ideario”.

“La PUC es una universidad pontificia y en consecuencia se adhiere al magisterio de la Iglesia en esta materia”, afirmó.

En ese sentido, explicó que “en todas las redes de salud de la Universidad Católica se ha avisado que la institución no realiza abortos y al paciente que llegue con esa solicitud se le va a derivar”.

“Estamos a la espera del término más de fondo en la Corte”, aclaró Vivanco, “pero ya se le avisó a todos los pacientes y también a las aseguradoras que esa va a ser la postura”.

Desde la casa de estudios esperan “que el recurso se acoja, porque efectivamente no le favorece a nadie obligar a las instituciones católicas a practicar abortos. No les favorece a los pacientes, al estado de derecho, tampoco al sistema de salud”.

“La Católica quiere seguir dando prestaciones asociadas con el sistema público pero no contra su ideario”, sentenció Vivanco.

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